El Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, que entrará en vigor el 5 de octubre de 2026, amplía la información que las empresas deberán facilitar por escrito a sus trabajadores sobre sus condiciones laborales.
La nueva regulación afecta, con carácter general, a los contratos de duración superior a cuatro semanas y obliga a facilitar esta información antes del inicio de la relación laboral.
¿QUÉ INFORMACIÓN DEBERÁ FACILITARSE?
Además de los datos básicos del contrato, las empresas deberán informar de forma más detallada sobre:
- Salario, incluyendo salario base, complementos y conceptos variables.
- Jornada y horarios, turnos, horas extraordinarias y posibles modificaciones.
- Puesto, funciones y centro de trabajo.
- Causa de la temporalidad, cuando corresponda.
- Periodo de prueba, vacaciones, formación y extinción del contrato.
- Convenio colectivo aplicable, Seguridad Social, mutua y sistemas de previsión.
- Planes de igualdad, protocolos frente al acoso y medidas LGTBI, cuando sean aplicables.
- Uso de algoritmos o inteligencia artificial en decisiones relacionadas con horarios, tareas, salarios, promociones o extinciones, entre otras.
Si el contrato ya contiene toda la información exigida, no será necesario entregar un documento adicional.
¿Y LOS TRABAJADORES ACTUALES?
Los trabajadores que ya estén en plantilla podrán solicitar esta información y la empresa deberá facilitársela en un plazo de 30 días hábiles.
Asimismo, los cambios en las condiciones laborales deberán comunicarse por escrito y la empresa tendrá que conservar prueba de la entrega o recepción de la información.
¿QUÉ DEBEN HACER LAS EMPRESAS?
Es recomendable revisar los modelos de contratos y la documentación laboral antes del 5 de octubre, preparando, cuando sea necesario, un documento informativo complementario.
También conviene revisar especialmente el convenio colectivo aplicable, la mutua, la documentación en materia de igualdad y acoso y el posible uso de herramientas de inteligencia artificial en la gestión de personal.
El incumplimiento de estas obligaciones puede ser objeto de sanción por la Inspección de Trabajo.
Desde nuestra asesoría podemos ayudarle a revisar sus contratos y adaptar la documentación laboral de su empresa a las nuevas obligaciones.







