En estas fechas tan señaladas, si adquiere algún décimo para el sorteo de Navidad de la Lotería Nacional, no olvide, que en caso de ser unos de los afortunados, dichos premios están sujetos a una tributación especial:
- Los premios de LOTERIAS Y APUESTAS DEL ESTADO, COMUNIDADES AUTONOMA, ONCE, CRUZ ROJA ESPAÑOLA y entidades análogas europeas tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%.
- En el momento del cobro, los agraciados soportarán una RETENCION por dicho porcentaje que le practicará la entidad pagadora del premio.
- Si el premio se obtiene de entidades europeas, no están sometidas a retención y habría que autoliquidar el impuesto.
- SOLO tributan los premios SUPERIORES A 40.000 EUROS.
- NO SE DECLARAN en la declaración de IRPF
- En el CASO DE PREMIOS COMPARTIDOS, si el premio es superior a 40.000 euros, la exención se reparte entre todos los beneficiarios. En el caso de un premio de 60.000 euros compartido entre dos personas, cada una de ellas tributará el 20% de 10.000 euros.