El pasado 5 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto 1160/2022, de 27 de diciembre, que modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, y que entrará en vigor el 1 de abril de 2023.
En este Real Decreto, se suprime la entrega a la persona trabajadora de la copia en papel del parte médico destinado a la empresa, suprimiendo su entrega por parte del trabajador a la empresa, permitiendo, con los actuales medios electrónicos, la comunicación a la empresa directamente por la administración de la expedición de los partes médicos.
A partir de la citada fecha, el facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará al trabajador tan sólo una copia de este y no será necesaria la entrega de una copia a la empresa.
Las empresas recibirán los datos relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta a través de los Ficheros INSS Empresas -FIE y FIER-. Estos ficheros permiten conocer a diario a cada empresa la situación de sus trabajadores respecto de las prestaciones de Seguridad Social que se puedan generar. Estos ficheros los recibiremos nosotros, en la asesoría, como autorizados RED.
Solo se informará por Sistema Red los datos económicos (bases de cotización, CCC, etc.) en los partes de baja y, dejará de informarse en lo partes de confirmación y alta.
Se introducen dos nuevos campos a informar: uno relativo al puesto de trabajo y otro relativo a la descripción de funciones de la persona trabajadora.